En el artículo sobre cómo aumentar el valor de tu hogar con una reforma ya vimos que el incremento de precio puede llegar a ser considerable, por lo que merece mucho la pena realizar el desembolso económico, a pesar de que al importe especificado por la constructora habrá que sumar el Impuesto sobre el Valor Añadido. Pero, ¿qué tipo de IVA se aplica en las reformas?
Tipo de IVA reducido
En las reformas llevadas a cabo en España se aplican dos tipos de IVA distintos: el reducido y el general. Empezaremos hablando del primero que hemos mencionado, puesto que a ojos de los usuarios es, con diferencia, el más atractivo. Y no es para menos, ya que su porcentaje es de tan solo 10 puntos. En efecto, del 21% del IVA general pasamos al 10% del IVA reducido.
Eso sí, para poder aplicar este tipo de IVA reducido, es imprescindible cumplir una serie de requisitos. En caso contrario, el gravamen aumenta porcentualmente hasta los 21 puntos, tal como veremos después.
Condiciones para poder aplicar el tipo de IVA reducido
En primer lugar, es importante aclarar que el IVA reducido se aplica a personas físicas o comunidades de propietarios si se dan los siguientes escenarios:
- La persona en cuestión no debe ejercer profesionalmente en la vivienda que va a ser reformada. En definitiva, el uso que se le da al edificio ha de ser de carácter particular.
- En caso de que se trate de una comunidad de propietarios, el tipo reducido solo podrá aplicarse en el supuesto caso de que no se le facture al individuo encargado de administrar ese bloque ni tampoco a la empresa aseguradora.
En lo que respecta a los inmuebles, no importa si se trata de una primera o segunda residencia, ya que en ambos casos será posible aplicar el tipo de IVA reducido del 10%. Sin embargo, hay un punto a tener en cuenta: el proceso de construcción de ese inmueble ha de haber concluido, como mínimo, 730 días antes de que dé comienzo el proyecto de reforma. Si es una construcción muy nueva que tiene dos años o menos, cualquier reforma que se lleve a cabo exigirá el pago del tipo de IVA general, es decir, del 21%.
Continuando con lo referente a los inmuebles, es reseñable que no solo nos referimos a las reformas de casas, así como a las reformas de pisos. Adicionalmente, también hablamos de garajes, trasteros o cualquier local que pertenezca a la comunidad.
Aunque el tipo reducido abarca varios inmuebles distintos, es esencial comprender que algunas reformas siempre tributan por el Impuesto sobre el Valor Añadido de tipo general. Las que veremos a continuación, sin embargo, obligan a abonar tan solo el 10%:
- Pintar paredes contratando a expertos en decoración y pintura
- Sustituir el ascensor, renovarlo o incluso instalarlo desde cero
- Proteger el edificio aplicándole sistemas ignífugos
- Reformas de las bajantes
- Obras que puedan considerarse accesorias
- Realizar cualquier tipo de instalación de electricidad, para climatizar el hogar o suministrar agua
- Aumentar el nivel de seguridad o de eficiencia de los cerramientos, tarea que llevan a cabo los expertos en aislamientos. Claros ejemplos son los materiales y sistemas que describimos en el artículo sobre qué tipos de aislamiento térmico puedes poner en tu hogar y qué beneficios tienen, además del de qué tipos de aislamiento acústico se aplican en la construcción
- Todo proceso de rehabilitación energética
- Instalar sistemas capaces de detectar la presencia
- Instalación o reparación de dispositivos de telecomunicaciones
- Obras que tengan lugar en la sala de caldera
En resumen, cualquier obra ejecutada para renovar o reparar un edificio destinado a vivienda particular, tributará por el tipo de IVA reducido.
Respecto a los materiales, el precio pagado por aquellos que se utilicen durante el transcurso de la reforma no puede superar el 39,99% respecto al importe total a abonar a la constructora en cuestión para que lleve a cabo el proyecto. Por supuesto, si los materiales son aportados por el propio cliente -algo bastante habitual por parte de aquellos que tienen unos mínimos conocimientos relacionados con el sector de las reformas-, también dan pie a que se pueda aplicar el tipo de IVA reducido.
Para averiguar si el valor de los materiales es de menos de 40% y, por tanto, la reforma exigirá pagar tan solo un 10% adicional, es fundamental saber cuáles son aquellos que se suman al total:
- Mobiliario de cocina y encimeras, de las cuales ya hablamos en nuestro artículo sobre qué tipos de encimeras de cocina hay y cuál elegir.
- Cualquier material que pase a formar parte físicamente del edificio que se reforma, ya sea cemento, yeso o ladrillo.
- Todo material visto que se utilice en el sector de la albañilería.
- Sanitarios que se instalan en las reformas de baños.
- Cualquier mecanismo que funcione con electricidad, así como focos cuya tecnología es la halógena.
- Elementos de carpintería, indistintamente de si son de madera o metálicos.
- Cualquier otro material requerido para reformar el edificio, exceptuando los siguientes: electrodomésticos de imagen y sonido, electrodomésticos pertenecientes a la gama conocida como blanca e instrumentos o máquinas que utilizan los profesionales para llevar a cabo la reforma, además de andamios.
Tipo de IVA general
El tipo de IVA general en España es del 21%. Es el que se aplica en todas las reformas que no reúnen los requisitos que hemos descrito en anteriores líneas.
Si la factura no incluye ningún servicio de reforma, abarcando solamente la adquisición de algún tipo de material, no importa que vaya a utilizarse para reformar una vivienda: en cualquier caso, el IVA será de tipo general.
Son muchas las personas que, tras informarse acerca de cómo elegir entre una reforma integral o una nueva construcción, se decantan por la primera opción. Si también es tu caso, ten en cuenta que las reformas integrales, siguiendo el ejemplo de cualquier producto o servicio que se adquiere en España, están sujetas al IVA. Con la información que hemos recopilado en este artículo, sabrás si se trata del tipo reducido o del general. En cualquier caso, es de vital importancia que en la factura se desglose todo con claridad, desde las labores llevadas a cabo por la constructora hasta el material, independientemente de si lo pones tú o es la empresa la encargada de hacerlo.